Consentimiento presunto en trasplante de órganos : reflexión bioética en el contexto latinoamericano

Por: Colaborador(es): Tipo de material: TextoTextoIdioma: Español Detalles de publicación: Caracas, VE : s.n, abr. 2017.Descripción: 67 paginasOtro título:
  • Presumed consent in organ transplants : bioethical reflection in the Latin American context
Tema(s): Premios:
Nota de disertación: Tesis de grado (Maestría en Bioética) -- Universidad Central de Venezuela. Facultad de Medicina. Coordinación de Estudios de Postgrado, abr. 2017. Resumen: La figura ético-jurídica del consentimiento presunto ha sido introducida en gran parte de las leyes sobre donación y trasplante de órganos para tratar de aumentar el número de posibles donantes, pues se asume, de acuerdo a este concepto, que todos somos donantes a menos que hayamos manifestado lo contrario. Objetivo: analizar a la luz de los principios bioéticos la naturaleza y fines de la figura del consentimiento presunto y su impacto en los programas de trasplante de órganos procedentes de donante cadáver en Latinoamérica. Método: revisión documental, bibliográfica y análisis crítico sobre el consentimiento presunto desde el punto de vista bioético; análisis comparativo de las legislaciones latinoamericanas sobre trasplante y del posible impacto de la figura del consentimiento presunto en los resultados de los programas de trasplante de órganos de donante cadáver en Latinoamérica. Resultados: la aplicación del consentimiento presunto nunca ha podido ser estricta e intensiva pues están en juego principios éticos de autonomía, justicia, integridad y respeto a la dignidad humana que son irrenunciables para todos. La mayoría de los países latinoamericanos han incorporado el consentimiento presunto en sus legislaciones, sin embargo, las familias son los agentes decisores finales transformando el consentimiento presunto en un consentimiento expreso diferido emitido en última instancia por los deudos. Conclusiones: resolver la necesidad de órganos para trasplante requiere solucionar problemas sanitarios estructurales así como una profunda conciencia social que trasciende la forma de consentimiento contemplada en las leyes respectivas(AU)
Existencias
Tipo de ítem Biblioteca actual Signatura topográfica Estado Fecha de vencimiento Código de barras
Tesis en CD Tesis en CD Centro de Documentación "Dr. José Ángel Puchi Ferrer" E539.1 WO660 AR729 2017 (Navegar estantería(Abre debajo)) Available

Ensayo Clínico

Tesis de grado (Maestría en Bioética) -- Universidad Central de Venezuela. Facultad de Medicina. Coordinación de Estudios de Postgrado, abr. 2017.

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La figura ético-jurídica del consentimiento presunto ha sido introducida en gran parte de las leyes sobre donación y trasplante de órganos para tratar de aumentar el número de posibles donantes, pues se asume, de acuerdo a este concepto, que todos somos donantes a menos que hayamos manifestado lo contrario. Objetivo: analizar a la luz de los principios bioéticos la naturaleza y fines de la figura del consentimiento presunto y su impacto en los programas de trasplante de órganos procedentes de donante cadáver en Latinoamérica. Método: revisión documental, bibliográfica y análisis crítico sobre el consentimiento presunto desde el punto de vista bioético; análisis comparativo de las legislaciones latinoamericanas sobre trasplante y del posible impacto de la figura del consentimiento presunto en los resultados de los programas de trasplante de órganos de donante cadáver en Latinoamérica. Resultados: la aplicación del consentimiento presunto nunca ha podido ser estricta e intensiva pues están en juego principios éticos de autonomía, justicia, integridad y respeto a la dignidad humana que son irrenunciables para todos. La mayoría de los países latinoamericanos han incorporado el consentimiento presunto en sus legislaciones, sin embargo, las familias son los agentes decisores finales transformando el consentimiento presunto en un consentimiento expreso diferido emitido en última instancia por los deudos. Conclusiones: resolver la necesidad de órganos para trasplante requiere solucionar problemas sanitarios estructurales así como una profunda conciencia social que trasciende la forma de consentimiento contemplada en las leyes respectivas(AU)

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